Tribunal Supremo Anula Decreto 1312/2024

21.05.2026

¿Y ahora qué ocurre con mi Número de Registro Único de Vivienda?

 El Tribunal Supremo ha anulado parcialmente el Real Decreto 1312/2024 que creaba el Registro Único de Arrendamientos de corta duración (conocido también como número de registro único o NRUA).

El Tribunal Supremo ha abordado, en su sentencia nº 620/2026, la nulidad del procedimiento de registro único de arrendamientos de corta duración que pretendan publicitarse mediante plataformas digitales, regulado en el Real Decreto 1312/2024 de 23 de diciembre, al considerar que el Estado carece de título competencial para establecer una regulación exhaustiva de un registro nacional que se superpone a los registros autonómicos existentes respecto a la inscripción de inmuebles destinados a arrendamientos turísticos.

La sentencia del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso, anulando únicamente aquellos preceptos por los que se crea el llamado "registro único de arrendamientos" y sin embargo desestima el recurso en lo referente a las disposiciones que regulan la ventanilla única digital de arrendamientos, las obligaciones de transmisión de datos de las plataformas en línea y la transmisión de datos con fines estadísticos.

"Importante No confundir el NRUA con el Número de Registro de la Junta de Andalucía". Si desean conocer en profundidad la resolución del tribunal supremo pueden visitar la web del Poder Judicial de España y descargarla en formato PDF.

Si no lo has leído aún, te recomendamos leer detenidamente nuestro artículo: Registro Único de Alquiler Turístico
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